Este documento, aprobado en la asamblea extraordinaria del 18 de diciembre, tiene como objetivo completar los Estatutos y ampliar la presencia de las comarcas.

En la asamblea extraordinaria celebrada el pasado 18 de diciembre de 2012, se aprobó el Reglamento de Régimen Interno de Agifes, documento que completa el sentido y contenido de los Estatutos vigentes, incluyendo los procedimientos de funcionamiento habituales. Además, aporta a los socios modelos para facilitar el ejercicio de sus derechos.

En virtud de este reglamento, en los próximos meses se informará a todos los socios del comienzo de las elecciones comarcales, con el objetivo de crear un comité en cada una de las siete
comarcas guipuzcoanas. Estos órganos permitirán colaborar con los socios de cada zona en la identificación de necesidades, en la propuesta de actividades, en la búsqueda de fuentes de financiación, subvenciones… El esfuerzo de organización que supondrá el reto de poner en marcha estos comités tiene como objetivo estar cerca de todas las personas y familiares que forman parte de nuestro colectivo.

De igual forma, el Reglamento de Régimen Interno detalla los usos que deben darse a los signos distintivos, bienes e instalaciones de la asociación, y regula también los órganos de gobierno y administración de Agifes, incluyendo todas las cuestiones relacionadas con la convocatoria de una Asamblea General a iniciativa de los socios, el control de acceso y el ejercicio del voto. De igual forma, el documento completa y clarifica los Estatutos en relación con las facultades de la Junta Directiva.

El Reglamento de Régimen Interno detalla igualmente el procedimiento de compras que deberán cumplir todos los trabajadores, así como las responsabilidades de la Responsable de Compras y las preceptivas autorizaciones de la Junta Permanente y la Junta Directiva.

Socios: derechos y deberes
El Reglamento describe también el procedimiento para ser socio de pleno derecho de Agifes, y también explica el sistema a seguir por personas jurídicas y socios colaboradores. Será la Junta
Directiva quien autorice o deniegue las solicitudes de alta y, en caso de no admisión de una solicitud, deberá informar al interesado de los motivos de la denegación.

En cuanto a los derechos y deberes de los socios, a fin de facilitar el ejercicio de algunos de los derechos que contempla el artículo 23 de los Estatutos, los socios tendrán en Agifes diferentes formularios a su disposición.

De otra parte, Agifes pretende concienciar a usuarios, socios, familiares, trabajadores y personas e instituciones de que un dato sobre la salud mental de una persona manejado imprudentemente puede generar rechazo, estigmatización, comentarios indebidos… Además de comprometer la responsabilidad legal de la asociación, no ayudan a dignificar la realidad de las personas con enfermedad mental.

Por ello, en estricto cumplimiento de la Ley de Protección de Datos (LOPD), desde Agifes se potenciarán todos los mecanismos que garanticen la confidencialidad y se solicitará el consentimiento informado siempre que exista una relación entre Agifes y sus asociados,
usuarios o cualquier tercero de la que pueda desprenderse el acceso a datos personales. Y en concreto, la Junta Directiva aprobará los modelos de declaraciones en materia de LOPD que deberán suscribir los socios, trabajadores, miembros de los órganos de gobierno de la asociación y terceros que se relacionen con Agifes respecto al tipo de acceso a datos a los que en cada caso haya lugar.

Por último, el reglamento concreta, en su artículo 11, el procedimiento sancionador previsto en el artículo 26 de los Estatutos, en el que se respetarán siempre la audiencia al interesado y la motivación por escrito de todas las resoluciones que se emitan durante el procedimiento.

Documento vivo
Este reglamento es un documento en constante evolución, que debe ir mejorándose paulatinamente. Por ello, todos los socios que quieran realizar sus aportaciones están invitados a enviar sus propuestas a la sede.